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Arraigo social en España: las cinco vías y cuál te toca de verdad

El arraigo es la puerta por la que España regulariza a quien ya vive dentro. En mayo de 2025 cambió entero: bajó de tres años a dos, se partió en cinco figuras y la que casi todo el mundo busca por su nombre viejo hoy pide otra cosa. Esa confusión es la que hace que se presenten expedientes condenados a caerse.

Equipo de Hallazgo · Actualizada el 15 de agosto de 2026

Guía escrita a partir de los hallazgos publicados en la revista, cada uno con su fuente oficial. Cómo investigamos

Esta guía forma parte de la ruta para mudarse a España desde Latinoamérica.

Calle de un barrio español con balcones y ropa tendida al solFoto: 42 North · Pexels
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El arraigo no es un premio ni una amnistía. Es una figura que reconoce algo que ya pasó: llevas tiempo viviendo en España, tienes una vida montada aquí, y el Estado prefiere ordenarlo a ignorarlo. Por eso no se pide desde tu país. Se pide estando dentro.

El Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025, reescribió el reglamento de extranjería completo. Para quien lleva años esperando, trajo la mejor noticia posible y también la trampa más cara.

de residencia previa, antes eran 3
2 añosde residencia previa, antes eran 3
figuras de arraigo distintas
5figuras de arraigo distintas
de contrato mínimo, solo en la vía sociolaboral
20 hde contrato mínimo, solo en la vía sociolaboral
de ausencia rompen la continuidad
90 díasde ausencia rompen la continuidad

La trampa: el arraigo social ya no es lo que buscas

Hasta 2025, arraigo social era el trámite de siempre: tres años en España más un contrato de trabajo. Es el nombre que quedó en la cabeza de todo el mundo, el que se busca en Google y el que repiten los grupos de WhatsApp.

El reglamento nuevo se quedó con el nombre pero le cambió el contenido. Hoy el trámite del contrato de trabajo se llama arraigo sociolaboral. Y arraigo social pasó a ser el de quien no tiene oferta de empleo pero sí familia directa en España.

Arraigo sociolaboral

  • Es el heredero del arraigo social de toda la vida.
  • exige contrato de trabajo, de 20 horas semanales como mínimo.
  • No exige vínculos familiares en España.
  • Es el que busca la mayoría de la gente cuando escribe arraigo social.

Arraigo social

  • Cambió de contenido en mayo de 2025, no solo de redacción.
  • No exige contrato de trabajo.
  • exige familiares directos legales en España.
  • Si llegaste sin familia aquí, esta vía no es la tuya.

Por qué esto importa más que cualquier otro dato de esta guía

Si preparas un expediente de arraigo social pensando en el trámite viejo, vas a reunir un contrato de 20 horas para una figura que ya no lo pide y no vas a acreditar el vínculo familiar que sí pide. El expediente se cae por el motivo más evitable que existe. Antes de juntar un solo papel, confirma en la hoja informativa oficial cuál de las cinco figuras es la tuya.

Las cinco vías, en una tabla

Todas comparten el mismo suelo: dos años de permanencia continuada en España y sin antecedentes penales. A partir de ahí, cada una pide una cosa distinta.

FiguraQué acreditaContrato de trabajo
SociolaboralQue tienes empleo o una oferta firmeSí, mínimo 20 h semanales
SocialQue tienes familia directa legal aquíNo
SocioformativoQue estás formándote en EspañaNo, y permite compaginar trabajo
FamiliarQue eres padre, madre o tutor de menor español o de la UENo
Segunda oportunidadQue tuviste permiso y lo perdisteNo
El arraigo familiar concede una autorización más larga que el resto. Las cifras exactas de duración y de salario mínimo exigido se actualizan, así que confírmalas en la fuente oficial antes de presentar.

Los dos años son lo más frágil del expediente

Bajar de tres años a dos suena a que todo se volvió más fácil. En la práctica, el requisito que tumba más expedientes no es el contrato ni el dinero: es demostrar que esos dos años fueron continuados y que existen en papel.

  1. El padrón es la columna vertebral

    El certificado histórico de empadronamiento es la prueba principal de que estuviste aquí y desde cuándo. Si te empadronaste tarde, tu reloj empieza tarde, por mucho que llevaras un año en el país.

  2. Las ausencias largas rompen la cuenta

    Salir de España más de 90 días puede romper la continuidad y devolverte a cero. Un viaje por una urgencia familiar que se alargó es el caso típico, y duele porque nadie lo ve venir.

  3. Sin antecedentes, aquí y donde viviste

    Se piden certificados de España y de los países donde hayas residido en los últimos cinco años, por delitos que existan en el ordenamiento español. Estos papeles tardan, y llegan desde el extranjero: pídelos con meses de antelación.

  4. Reúne el resto y presenta por vía electrónica

    El expediente se completa con lo específico de tu figura, sea el contrato, el vínculo familiar o la matrícula del curso. Presentar antes de tener todo no adelanta nada y suele terminar en requerimiento.

El negocio que creció alrededor del arraigo por formación

La vía socioformativa abrió un mercado enorme de academias que venden cursos para arraigo. Muchos son legítimos. Otros cobran por formaciones que no cumplen los requisitos que exige extranjería, y el comprador se entera cuando ya pagó y ya presentó.

Cómo saber si un curso sirve antes de pagarlo

Un curso válido tiene que estar en el catálogo de formaciones que acepta la administración, no bastar con ser un certificado bonito. Pide por escrito el código oficial de la formación y verifícalo tú en la fuente pública antes de transferir un euro. Si la academia se pone nerviosa con esa pregunta, ya tienes la respuesta. Y desconfía de quien te garantice la resolución: nadie puede garantizarla.

Qué hacer esta semana si llevas casi dos años aquí

  1. Saca tu certificado histórico de empadronamiento, no el volante normal. Ahí ves la fecha real desde la que cuentas.
  2. Identifica cuál de las cinco figuras encaja contigo, con la tabla de arriba y la hoja informativa oficial delante.
  3. Pide ya los antecedentes penales del país o países donde viviste, porque son lo que más tarda.
  4. Si te falta padrón de los primeros meses, empieza a reunir pruebas alternativas de que estabas aquí: informes médicos, matrículas, cualquier registro con fecha.

Y si todavía no estás en España, el arraigo no es tu camino: existen visados que se piden desde fuera y que no obligan a pasar por dos años de irregularidad. Los tienes reunidos en nuestra guía para mudarte a España desde Latinoamérica.

Preguntas frecuentes

¿El arraigo social sigue pidiendo tres años en España?

No. Desde el Real Decreto 1155/2024, en vigor el 20 de mayo de 2025, el periodo de permanencia previa bajó de tres años a dos para las figuras de arraigo. Lo que hay que demostrar es que esos dos años fueron continuados.

¿Puedo pedir arraigo social sin contrato de trabajo?

Con el reglamento actual sí, porque el arraigo social ya no exige contrato: exige vínculos familiares directos con residentes legales en España. Si lo que tienes es una oferta de empleo y no familia aquí, tu figura es el arraigo sociolaboral.

¿Qué pasa si salí de España durante esos dos años?

Las ausencias cortas no suelen ser problema, pero superar los 90 días fuera puede romper la continuidad de la residencia y hacer que el cómputo vuelva a empezar. Es uno de los motivos de denegación más frecuentes y más difíciles de arreglar después.

¿Sirve cualquier curso para el arraigo por formación?

No. La formación tiene que estar dentro del catálogo que la administración acepta para esta vía. Hay academias que venden cursos que no cumplen ese requisito, así que conviene verificar el código oficial de la formación en la fuente pública antes de pagar nada.

¿El empadronamiento es obligatorio para el arraigo?

En la práctica es la prueba central de que llevas el tiempo exigido viviendo en España. Empadronarse es además un derecho de cualquier persona que resida en el país, con independencia de su situación administrativa.

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