República Dominicana: residencia en 45 días y cero impuesto a tu ingreso del exterior
La Ley 171-07 crea un régimen para pensionados y rentistas extranjeros que resuelve la residencia en 45 días hábiles y exonera el impuesto sobre la renta declarada del exterior. Con 1.500 dólares mensuales de pensión, o 2.000 de rentas, alcanza para calificar, y encima llueven rebajas en impuestos inmobiliarios.
Equipo de Hallazgo · 14 de agosto de 2026 · 3 min de lectura
Verificado contra la fuente oficial. Cómo investigamos
Publicado el 14 de agosto de 2026. La información estaba vigente al momento de publicarse.

En este artículo
Casi ningún país mueve un trámite migratorio en menos de dos meses. República Dominicana sí, y lo hace desde 2007 con una ley pensada para atraer jubilados y rentistas que ya tienen un ingreso estable afuera.
El filtro es simple en el papel: demostrar 1.500 dólares mensuales de pensión, o 2.000 de rentas sostenidas por al menos cinco años. A cambio, ese ingreso queda libre de impuesto dominicano y el país suma descuentos grandes en impuestos de propiedad.
La letra chica está en la papelería, no en el monto. Ahí es donde se traba la mayoría de los expedientes.
La Ley 171-07 crea un régimen para pensionados y rentistas extranjeros que resuelve la residencia en 45 días hábiles y exonera el impuesto sobre la renta declarada del exterior. Con 1.500 dólares mensuales de pensión, o 2.000 de rentas, alcanza para calificar, y encima llueven rebajas en impuestos inmobiliarios.
Lo que entra exento además de la residencia
- 100% de exención en el impuesto de la primera transferencia de un inmueble
- 50% de rebaja en impuesto hipotecario, impuesto a la propiedad e impuesto a la ganancia de capital al revender
- Exención sobre impuestos a dividendos e intereses
- Importación libre de impuestos de menaje y efectos personales, más un vehículo con exenciones parciales
- Cónyuge e hijos entran sumando 250 dólares mensuales de ingreso exigido por cada dependiente
Quién califica y con qué pruebas
Los pensionados necesitan 1.500 dólares mensuales de un gobierno, organismo oficial o empresa privada extranjera. Los rentistas necesitan 2.000 dólares mensuales sostenidos por al menos cinco años. Ambos casos piden certificación de quien paga, traducida por intérprete judicial y legalizada en el consulado dominicano del país de origen, más comprobante de que las divisas entraron al país por una transferencia o cheque de una entidad financiera extranjera.
El trámite que se traba en la traducción
La papelería cuesta más que el trámite
Los criterios cambian sin aviso
Cómo se presenta el expediente
El trámite se lleva ante la Dirección General de Migración, con la certificación de ingresos y el reporte fiscal correspondiente ante la DGII una vez aprobada la residencia. Conviene revisar los costos reales de vida en zonas turísticas como Punta Cana o Las Terrenas antes de elegir dónde instalarse, porque están mucho más cerca de precios europeos que del promedio nacional.
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