Foto: Chensiyuan · CC BY-SA 3.0 · Wikimedia CommonsEl tratado que casi nadie usa: vive en España hasta 5 años sin pagar la cuota de autónomo
El Convenio de Seguridad Social entre Chile y España permite que un trabajador por cuenta propia que ya cotiza en Chile se traslade a España y siga sujeto a la legislación chilena: no se da de alta en el RETA, no paga la cuota de autónomo, y aun así tiene derecho a asistencia sanitaria en España con cargo a la institución chilena. Dura tres años, prorrogables a cinco.
Equipo de Hallazgo · 13 de julio de 2026 · 4 min de lectura
Verificado contra la fuente oficial. Cómo investigamos
Publicado el 13 de julio de 2026. Han pasado más de dos meses, así que no aseguramos que esta oportunidad siga vigente; verifica en la fuente oficial.
En este artículo
El Convenio de Seguridad Social entre Chile y España, publicado en el BOE, tiene una disposición poco conocida (artículo 7) que permite a un trabajador por cuenta propia chileno, que ya cotiza en su país, trasladarse a España y seguir sujeto a la legislación chilena en lugar de darse de alta en el RETA español.
En la práctica, esto significa no pagar la cuota mensual de autónomo español, unos 300 a 400€ al mes, y, según el artículo 10 del mismo convenio, mantener el derecho a asistencia sanitaria y farmacéutica en España con cargo a la institución chilena. La cobertura dura tres años, prorrogables a cinco.
Es un beneficio específico para ciudadanos chilenos que ya trabajan de forma independiente antes de mudarse: no aplica a quien recién se da de alta como autónomo en Chile de forma artificial poco antes de viajar, y requiere planificarse con antelación.
Lo bueno

- Exención legal de cotizar a la Seguridad Social española: la cuota de autónomo son unos 300-400€ al mes, es decir 3.600-4.800€ al año que no se pagan.
- Asistencia sanitaria y farmacéutica en España para el titular y su familia, con cargo a la institución chilena.
- Cobertura de tres años más dos de prórroga: coincide con el horizonte de dos años de residencia que exigen algunas vías de nacionalidad iberoamericana.
- El certificado de cobertura de seguridad social es uno de los documentos que exige la Visa de Nómada Digital española, y el convenio lo resuelve directamente.
- No requiere nacionalidad de la Unión Europea ni residencia previa en España.
Lo que piden
- Ser trabajador por cuenta propia y estar cotizando ya en Chile antes del traslado, no darse de alta de forma artificial poco antes de viajar.
- Solicitar el certificado de desplazamiento en la Superintendencia de Pensiones de Chile, idealmente 30 días o más antes de salir, y como máximo 30 días después de llegar.
- Declarar el traslado como temporal, con una duración prevista de hasta tres años, prorrogable dos más.
- Mantener las cotizaciones en Chile (AFP y salud) durante todo el período.
- Para la prórroga: contar con el consentimiento de la autoridad competente española.
La parte honesta

Costos ocultos
Riesgos
Cómo aplicar
El trámite arranca en Chile, en la Superintendencia de Pensiones, donde se solicita el certificado de desplazamiento antes de viajar (o hasta 30 días después de llegar a España). Una vez en España, ese certificado se presenta ante el INSS para activar la cobertura sanitaria y la exención del RETA, según lo establecido en el Convenio de Seguridad Social entre Chile y España publicado en el BOE.
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