El convenio con la Seguridad Social que arranca sin haber cotizado nunca antes
España tiene un convenio especial para emigrantes españoles y sus hijos que permite empezar a cotizar a la Seguridad Social sin haber cotizado nunca antes y sin importar si el país donde vives tiene acuerdo bilateral con España. Se puede pedir en cualquier momento del año y cuenta para la jubilación, la incapacidad permanente y la muerte y supervivencia.
Equipo de Hallazgo · 10 de septiembre de 2026 · 3 min de lectura
Verificado contra la fuente oficial. Cómo investigamos
Publicado el 10 de septiembre de 2026. La información estaba vigente al momento de publicarse.

En este artículo
Casi nadie fuera de España conoce el Convenio Especial de Emigrantes. Es un trámite de la Seguridad Social que te permite cotizar aunque nunca hayas trabajado en el país, y funciona sin importar si tu residencia actual tiene o no acuerdo bilateral con España, un requisito que sí frena casi cualquier otra vía.
Lo firman tanto emigrantes españoles como sus hijos con nacionalidad española, y se puede tramitar en cualquier momento del año, sin convocatorias ni cupos. Cada cuota que pagas cuenta para pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia dentro del sistema español.
Tiene sentido para quien piensa volver algún día a España, o simplemente quiere sumar años de cotización mientras vive afuera. No sustituye ni un seguro médico ni el paro, así que conviene entenderlo como una pieza más del plan, no como la solución completa.
España tiene un convenio especial para emigrantes españoles y sus hijos que permite empezar a cotizar a la Seguridad Social sin haber cotizado nunca antes y sin importar si el país donde vives tiene acuerdo bilateral con España. Se puede pedir en cualquier momento del año y cuenta para la jubilación, la incapacidad permanente y la muerte y supervivencia.
Lo que te da y lo que no te exige
- Genera derecho a pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia dentro del sistema español.
- No exige ningún periodo de cotización previo.
- No hace falta que el país donde trabajaste tenga acuerdo de Seguridad Social con España.
- El alta se pide en cualquier momento del año, sin ventanas ni convocatorias.
Quién puede firmarlo
Pueden suscribirlo las personas emigrantes de nacionalidad española y también sus hijos, siempre que tengan al menos 16 años y número de Seguridad Social español. El trámite se hace con el modelo TA.0040 o directamente por la sede electrónica, y el pago se domicilia en una cuenta bancaria. Un requisito que se pasa por alto: no puedes estar incluido de forma obligatoria en otro régimen público de protección social en España al mismo tiempo.
La cuota la pagas tú, cada mes
Sin empresa que aporte
No es un seguro completo
Cómo se tramita
El alta se pide directamente en la Seguridad Social, con el modelo TA.0040 o por su sede electrónica, y no hace falta esperar a ninguna convocatoria porque el trámite está abierto todo el año.
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